¿Alguna vez has vendido o comprado en Wallapop, Vinted o alguna plataforma online?, ¿sabes que implicaciones fiscales conllevan estas transacciones?, esperamos que tras la lectura del blog queden claros los conceptos más importantes para que no tengas ningún problema con Hacienda.
En primer lugar, debemos diferenciar las implicaciones que tiene para la parte compradora y para la vendedora. A continuación, analizaremos la situación de ambas:
¿Qué pasa si compro?
Tenemos que tener cuidado cuando compramos porque siempre se tiende a pensar que la compra no conlleva implicación, pero en estos casos al comprar un artículo de segunda mano, lo que se debe liquidar es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
Esta liquidación deberá hacerse en los 30 días siguientes a la compra en la Comunidad Autónoma en la que residas, se realiza a través del modelo 620 si lo que se adquiere es un vehículo o el 600 para el resto de bienes. El importe del impuesto dependerá de la comunidad autónoma y las bonificaciones que se apliquen.
Ojo que por pequeño que sea el importe se debe realizar este tramite y aunque de momento no se están recibiendo gran número de inspecciones al respecto, no se descarta que a futuro la Hacienda Pública lo tenga en cuenta y solicite los justificantes de dichas liquidaciones.
¿Qué pasa si vendo?
Si vendemos tenemos que hacernos la siguiente pregunta: “¿He ganado dinero con la venta?” si la respuesta es “si”, tendrás que imputar esa ganancia en el IRPF. En resumen, Hacienda entiende que sí que se debe tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas si el importe de venta es superior al de compra. No suele ser habitual, pero se puede dar y tenemos que tener cuidado con eso.
Si realizamos una venta puntual puede que se nos pase, pero lo correcto es que siempre que exista una ganancia en la operación se incluya como base imponible de ahorro.
Para que os hagáis a la idea, si vendemos un videojuego que nos costó 30 euros, pero actualmente su valor se ha incrementado por los motivos que sean y nosotros lo vendemos por 400 euros, habremos obtenido una ganancia patrimonial de 370€, por lo que en la Renta debemos informar esos 370€ como base imponible de ahorro.
Como comentábamos anteriormente, no es habitual que la gente lo haga bien y se liquiden los impuestos correspondientes cuando es obligatorio, pero nosotros recomendamos que en caso de ganancia patrimonial esta se declare en el IRPF y en caso de realizar una compra liquidar el ITP, puesto que sospechamos que en algún momento el Ministerio de Hacienda acabe imponiendo un mecanismo para que las empresas tipo Wallapop, Vinted o cualquier otro intermediario comuniquen las transacciones de la plataforma.
Si tienes dudas con el procedimiento siempre puedes ponerte en contacto con Gaudium Asesores, estamos aquí para ayudarte.