Tipos de ampliación de capital

Hay momentos en los que las sociedades realizan una ampliación del capital social de la empresa, para aumentar sus recursos y poder así, llevar a cabo futuras acciones dando entrada a aportaciones de socios como de nuevos socios, a la expansión del negocio, a la entrada de nuevos inversores…

La ampliación del capital podrá realizarse de varias formas:

Ampliación por aportación dineraria
Mediante aportaciones en efectivo al patrimonio de la sociedad. En caso de sociedades anónimas, las acciones anteriormente emitidas deberán estar totalmente desembolsadas o que la cantidad pendiente no exceda del 3% del capital social

Ampliación por aportación no dineraria
Mediante aportaciones de otros bienes, no dinerarias, de las que se deberá acreditar su titularidad y su valoración económica. Para ello, será necesario, un informe de los administradores del detalle de las aportaciones a disposición de los socios

Ampliación de capital por compensación de créditos
Mediante aportaciones en compensación de créditos existentes, estos deben ser líquidos, vencidos y exigibles para el caso de las sociedades limitadas, y en el caso de las sociedades anónimas deberán ser, al menos, un 25% de los créditos a compensar líquidos, vencidos y exigibles, y el vencimiento de los restantes no podrá ser superior a cinco años.

Imprescindible acompañar la operación con un informe del órgano de administración en que se detallen la naturaleza y características de los créditos a compensar, identidad de los aportantes, importe de los créditos y número de participaciones a los que corresponden. Lo que se produce es la entrega de participación en el capital de la sociedad a cambio de extinguir la deuda existente por parte de la sociedad.

Ampliación de capital con cargo a beneficios o reservas
Es aquella ampliación de capital que se hace a cargo de reservas o beneficios pertenecientes al patrimonio de la sociedad: reservas disponibles, primas de emisión y reserva legal en su totalidad para las sociedades limitadas y reserva legal que exceda del 10% del capital social ya aumentado en el caso de las sociedades anónimas.

Adicionalmente, deberán tenerse en cuenta una serie de requisitos que deberán respetarse en las operaciones de ampliación de capital, como el derecho de suscripción preferente que deberá respetarse en alguno de los casos, y las mayorías reforzadas necesarias para la adopción de los acuerdos.

Por otro lado, es importante remarcar que la ampliación de capital implica la modificación de los Estatutos sociales, y, por lo tanto, deberá cumplir también con una serie de formalidades como la obligación de elevar a público los acuerdos mediante escritura pública, y su posterior inscripción en el Registro Mercantil.

No dudes en ponerte en contacto con nosotros para resolver cualquier duda al respecto. Desde Gaudium estaremos encantados de explicarte al detalle el procedimiento.