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Hacienda permite solicitar ‘días de cortesía’, hasta un máximo de 30, en los que la Administración no podrá enviarle ningún correo

Un trabajador autónomo se va de vacaciones o, simplemente, desconecta unos días. A la vuelta, mira la bandeja de entrada de su correo electrónico y  ve que se le ha pasado una notificación electrónica de Hacienda. En ella, le reclamaban un pago, le aprobaban un aplazamiento o buscaban la comprobación de una información. Los días del plazo pasan -normalmente son diez-  aunque el autónomo esté de vacaciones y no se haya enterado  y el proceso del que se le avisó en la notificación sigue su curso natural.

Ésta historia «se repite una y otra vez en vacaciones» explicó Alberto Ara, abogado laboralista. El experto aseguró que es durante el verano o en día libres, cuando los trabajadores autónomos, al desconectar de su actividad, dejan de comprobar la bandeja de entrada de su correo electrónico, olvidándose así de las posibles notificaciones que Hacienda les haya podido mandar. Razón por la que el abogado ve “muy útil” la ‘solicitud de los días de cortesía’. Pero ¿Qué son estos días y para qué sirven?

Según explica la Agencia Tributaria  a través de su web, los contribuyentes pueden “señalar hasta un máximo de 30 días anuales durante los que la Agencia no podrá poner notificaciones a su disposición en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH)”. Esto significa que, durante un periodo de tiempo, el trabajador autónomo podrá desconectar al cien por cien, con la seguridad de que a la vuelta de sus vacaciones no habrá recibido ninguna notificación de Hacienda.

Este trámite está pensado, especialmente, para los contribuyentes que están obligados a tributar mediante el Sistema de Dirección Electrónica Habilitada (como las personas jurídicas, los que ejercen una actividad profesional que requiera colegiación, los que representen a un interesado o los empleados de la Administración Pública) o para quienes hayan decidido recibir las notificaciones electrónicas de la Administración a través del sistema 060 que alerta al contribuyente cuando Hacienda o la Seguridad Social se pone en contacto con él.

Aunque los autónomos persona física no están obligados a trabajar con estos sistemas de notificación, los expertos jurídicos recomiendan encarecidamente su uso. Y es que, son la forma más efectiva para el trabajador por cuenta propia de enterarse de cualquier novedad que quiera comunicarle la administración y, además, tener juntas todas las notificaciones. El problema llega cuando el autónomo busca unos días de desconexión absoluta, quiere olvidarse durante un pequeño periodo de su actividad y sus obligaciones, y siguen llegándole notificaciones y obligaciones que no puede evadir.

¿Cómo activar los ‘días de cortesía’?

Poderse ir unos días de vacaciones sin estar pendiente de notificaciones electrónicas de Hacienda que puedan comprometer el negocio es una tranquilidad para muchos trabajadores autónomos, pero también para muchos gestores que, en algunos casos, son los que se encargan de atender estos avisos de la administración. Habilitar los días de cortesía puede ser la solución para ambos pero ¿Cómo se hace?

La Orden EHA/3552/2011, de 19 de diciembre, es la normativa que regula este sistema. En ella, se establece que el contribuyente tendrá un máximo de 30 días naturales por año para desconectar. El periodo escogido será de libre elección y no habrá necesidad de agrupar un número máximo, ni mínimo de días. Esto significa que, “el autónomo puede decidir los días en los que no quiere recibir ninguna notificación de Hacienda. Pueden ser 10 en verano, 15 en Navidad, y 5 en Semana Santa” ejemplificó Ara.

Este trámite deberá solicitarse -como mínimo- con siete días de antelación antes de que empiece el periodo deseado. Para activar los días, el contribuyente deberá acceder al portal ‘Mis notificaciones’ de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y pinchar sobre la opción ‘Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada’.

Si el contribuyente está suscrito al sistema de notificación electrónica, se abrirá una pantalla con un calendario del año natural, en el que tendrá que indicar cuáles son los días que quiere estar sin notificaciones. Asimismo, la Agencia Tributaria dio algunos consejos en su página web para cuando llegue el momento de decidir los días. Destacan algunas recomendaciones como que los sábados y domingos deben marcarse también; que las notificaciones que lleguen antes del inicio de este trámite se entenderán enviadas al transcurso de diez días; y que si la persona está trabajando con el sistema de notificaciones electrónicas de forma voluntaria, los ‘días de cortesía’ solo tendrán efecto sobre los procedimientos previamente suscritos.