Esta entrada la dedicaremos a explicar los detalles más importantes del Impuesto sobre Sociedades.
Dicho impuesto se encarga de gravar los beneficios que las empresas obtienen de su actividad a lo largo del ejercicio. Se deberá declarar este impuesto aunque no se tenga actividad activa en este periodo.
¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?
Se trata de un impuesto estatal directo que se encarga de gravar la obtención de los ingresos obtenidos por una sociedad o entidad jurídica que resida en territorio español.
¿Quién debe presentar Impuesto sobre Sociedades?
Deberán presentar dicho impuesto todas las empresas, sociedades civiles con objeto mercantil, fundaciones y asociaciones. En resumen , hay que tener claro que si eres persona jurídica tendrás obligación , tengas o no actividad ya que funciona como el Impuesto sobre la Renta de las Personas Física , pero con las personas jurídicas.
¿Cuándo debe presentarse y como funciona?
El Impuesto sobre Sociedades debe presentarse entre los días 1 y 25 de julio de cada año.
En primer lugar, tendremos que saber cual es la renta obtenida por la sociedad en el periodo impositivo, así como la base imponible negativa de ejercicios anteriores. De esta forma podremos realizar el cálculo de la base imponible.
Sobre esta base imponible según la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades se aplicará el tipo general del 25%, o en los casos especiales el tipo reducido.
¿Cuándo se aplica el tipo reducido?
- Desde enero de 2023 todas aquellas PYMES que tengan una facturación menor de un millón de euros en el año anterior tendrán un tipo reducido del 23%. Es decir en lugar del 255 aplicarán el 23%.
- Para las sociedades de nueva creación, se les aplicará un 15%, deberemos ver si se cumplen todos los requisitos, llegado el momento.
- Para las cooperativas que estén fiscalmente protegidas, se aplica un 20% pero debemos estudiar si todo se imputa al 20% ya que existen resultados que irán al tipo general. Aconsejamos contactar con un experto de Gaudium Asesores para profundizar en estos casos.
- Para las entidades sin fines lucrativos se les aplicará un 10%.
- Las sociedades, fondos activos bancarios o fondos de inversión se les aplicará un 1%.
Como podéis comprobar realizar un Impuesto de Sociedades conlleva estar pendiente de muchos factores, por lo que como siempre os instamos a contar con nosotros para poder daros asesoramiento y gestionar el Impuesto con vosotros.