Cuando dos personas se divorcian y tienen hijos en común es de vital importancia realizar un convenio regulador. El convenio regulador puede ser de mutuo acuerdo y no es otra cosa que un pacto suscrito por ambos cónyuges que contendrán medidas personales y patrimoniales que se llevarán a cabo tras el divorcio.

Dichas medidas deben ser aprobadas judicialmente y cumplidas por ambos cónyuges.

¿Cómo se tramita un divorcio?

Los divorcios de mutuo acuerdo se pueden tramitar por vía judicial si hay hijos menores de edad o incapacitados. En caso de no existir hijos menores de edad o incapacitados se podrá tramitar ante el Letrado de la Administración de justicia o Notario.

Si existe falta de acuerdo entre los cónyuges, necesariamente se debe acudir al procedimiento judicial de divorcio contencioso presentando demanda de divorcio.

¿Se podrá modificar el convenio regulador?

Según el artículo 90.3 del Código Civil las medidas que se adopten por los cónyuges por mutuo acuerdo, por el Juez en defecto de acuerdo, por el Letrado de la Administración de justicia o en escritura pública podrán ser modificadas cuando así lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o exista un cambio de las circunstancias de los cónyuges.

¿Cómo se puede modificar?

El convenio regulador se puede modificar de mutuo acuerdo o a instancia de parte.

En caso de que se modifique por mutuo acuerdo de los cónyuges, se presentará una demanda de modificación de medidas con propuesta de convenio regulador. El procedimiento se regirá en base al articulo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Es decir, como el divorcio de mutuo acuerdo.

Pero si solo una de las partes considera que existe necesidad de modificar dicho convenio, estaremos ante un procedimiento contencioso y será necesario estar representado por procurador y asistido por abogado.

¿En qué supuestos se puede pedir la modificación del convenio regulador?

Los supuestos más comunes para solicitar una modificación de convenio regulador son los siguientes:

  • Modificación de la guarda y custodia.
  • Modificación de régimen de visitas.
  • Modificación de uso y disfrute de la vivienda familiar.
  • Modificación de pensión de alimentos.
  • Modificación de pensión compensatoria.
  • Modificación de la patria potestad.

Ante esta duda siempre recomendamos que se pongan en contacto con un abogado especialista en derecho de familia para que se estudie detenidamente el caso concreto y la viabilidad de modificar el convenio regulador. Ya saben que en Gaudium Asesores contamos con Abogados para ayudarte con el trámite.