Noticia de ABC
Cobrarán la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja
Tras negociaciones de infarto, en las que el Gobierno decía una cosa y todo lo contrario, las organizaciones de autónomos lograron doblar el pulso al Ejecutivo y arrancar un acuerdo que supondrá un alza de la base mínima de tan solo 5,36 euros al mes frente a los 40 que pretendía primero la Seguridad Social y los 22 que defendió después. Será la primera vez en que la base de los autónomos se inferior a la fijada para los asalariados, que escala hasta los 1.050 euros mensuales en 2019.
La ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, firmará hoy con las organizaciones de trabajadores autónomos (ATA, UPTA, Uatae y CEAT) el acuerdo que aprobará el Consejo de Ministros el viernes por el que los autónomos cotizarán por todas las contingencias que cotizan ahora los asalariados (contingencias comunes, incapacidad temporal, accidente profesional y enfermedades profesionales, cese de actividad y formación).
Bases mínimas
Crece un 1,25% hasta los 944,3 euros al mes
La base mínima pasará desde los 932,7 euros actuales a los 944,3 euros mensuales y el tipo de cotización se incrementará en 0,2 puntos, pasando del 29,8% al 30%, un porcentaje que escalará al 30,3% en 2020, al 30,6% en 2021 y al 30,9% en el cuarto año. Tras el alza, la cuota de los autónomos subirá a 64 euros al año en lugar de los 260 que proponía el Gobierno para personas físicas al pedir ligarlo con el IPC. En el caso de los societarios el alza será de 82 euros. Este incremento está en la línea de los últimos años y de hecho se encuentra por debajo de la media que ha escalado cada ejercicio en los últimos quince años, un 1,4%, si bien en términos acumulados el aumento llega al 21,1%.
Bajas laborales y formación
No cotizarán el segundo mes y se formarán
Los autónomos cotizarán por contingencias profesionales, incapacidad temporal, cese de actividad y formación, a las que ahora no estaban obligados. A cambio, mejorarán su protección. Cobrará la prestación por accidente laboral desde el primer día de baja, tendrán acceso a la formación continua y reciclaje profesional y dejarán de cotizar a la Seguridad Social el segundo mes de baja por enfermedad o incapacitación temporal hasta el momento del alta.
Cese de actividad
La prestación aumenta de 12 a 24 meses
El acuerdo alcanzado entre el Gobierno y las asociaciones de autónomos mejora el acceso, flexibiliza las condiciones y amplía la duración de la prestación por cese de actividad, el equivalente a las prestación por paro, que pasa de 12 meses a 24. Una ayuda que en el caso de los autónomos nunca ha funcionado por los requisitos exigidos, en la práctica imposibles de cumplir. Lorenzo Amor, presidente de ATA asegura que «más de la mitad de las solicitudes de paro se deniegan. Es incomprensible. Ningún autónomo cierra su negocio por capricho y con la idea de cobrar una prestación de 600 euros durante tres meses. Si la solicitan es porque la necesitan y para ello han cotizado por este concepto», dice. Desde esta asociación, la más representativa, se ha insistido siempre en que no es lógico que exista una prestación que estén pagando y cotizando los autónomos y que no se pueda cobrar.
La tarifa plana se mantiene
Pasa de 50 a 60 euros
El Gobierno sembró dudas sobre la posibilidad de eliminar la tarifa plana, que se ha convertido en una ayuda clave para comenzar una aventura empresarial. En 2019 la tarifa plana pasará de los actuales 50 euros a 60 euros. Esta cantidad comprenderá las contingencias comunes y las profesionales y los trabajadores que se beneficien de esta reducción de cuotas no tendrán que cotizar por cese de actividad. Los requisitos para percibir este tarifa reducida son que el autónomo cause alta inicial o que no hubiera estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos de alta, en el régimen especial de autónomos. A partir del año que viene se incluirá a los trabajadores agrarios en el disfrute de esta cotización reducida, aunque en su caso será de 50 euros.
Pluri-actividad
La devolución será de oficio desde mayo
El trabajador no tendrá que reclamar la devolución del exceso de cotizaciones pagadas a la Seguridad Social en caso de pluriactividad. Se trata de autónomos que también tienen un trabajo por cuenta ajena. Para ellos está previsto el reintegro del 50% del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía que se fije en los Presupuestos para cada ejercicio.