Noticia de CincoDías

Con la nueva ley, las condiciones han mejorado para los trabajadores por cuenta propia. Estos son los pasos a dar para acceder a la baja

Los profesionales autónomos también pueden disfrutar de la baja por paternidad. Para ello deben estar al corriente de pago tanto con Hacienda como con la Seguridad Social y haber acumulado al menos un mínimo de 180 días cotizados en los últimos siete años o de 360 días a lo largo de toda tu vida laboral.

  • De manera telemática, accediendo al portal “Tu Seguridad Social” con certificado digital o DNI electrónico.
  • De manera presencial, en cualquier oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). No olvides pedir cita previa, es imprescindible.
  • A través de un asesor, con la debida autorización.

La resolución te será comunicada en tu domicilio por correo postal una vez el INSS estudie tu solicitud. Si has sido padre en 2019 te corresponderá 8 semanas, mientras que si lo serás en 2020 o en 2021 serán 12 las semanas que te correspondan.

Documentación necesaria

Sea cual sea la vía que elijas para tramitar tu baja por paternidad, deberás rellenar la solicitud de prestación por baja de paternidad y presentar el informe médico que justifique el nacimiento de tu hijo o la resolución judicial o administrativa de adopción o acogimiento, así como el libro de familia actualizado.

También será necesario adjuntar la fotocopia del DNI y una declaración jurada de la situación de actividad como trabajador autónomo. Te pedirán el número de cuenta bancaria en el que se realizará el ingreso de la prestación.

Deberás dividir la base de cotización del mes anterior a la fecha de inicio de la baja por paternidad por el número de días a la que la cotización se refiere. Además, quedarás exento de pagar la cuota de autónomos durante tu baja.